- La delincuencia penetró a la policía de Puebla revela el mandatario
Al advertir que la policía municipal de Puebla está penetrada por la delincuencia, el
gobernador , Miguel Barbosa Huerta, precisó que cuenta con las atribuciones
constitucionales para designar a un delegado como el responsable de la seguridad
pública en la capital.
El titular del Ejecutivo puntualizó que el nombramiento de una delegada no es una
imposición al gobierno municipal, pues la estrategia planteada es una coordinación en
materia de seguridad con la alcaldesa, Claudia Rivera Vivanco, a quien le informó de la
colusión que existe entre los mandos policiales con grupos delincuenciales.
“La policía municipal de Puebla está penetrada por la delincuencia, sus mandos
tienen vinculación con la delincuencia, de ese tema he hablado con la presidenta
municipal, hay muchas evidencias de ello, tenemos muchas carpetas de investigación,
la policía municipal hace tiempo que no realiza ningún operativo en contra de los
delincuentes, ¿por qué no realiza operativos? Porque está vinculada y sabemos
quiénes son los mandos”, expresó.
El mandatario aseveró que una de sus obligaciones es mantener la seguridad y
salvaguardar a los ciudadanos, por lo que su postura no cambiará ya que cuenta con el
sustento constitucional.
En ese sentido, llamó a Rivera Vivanco a no faltar a la ley y a que, de manera
voluntaria, se sume al trabajo con el Gobierno del Estado para recuperar la seguridad
de la capital.
En tanto, el titular de la Consejería Jurídica, Ricardo Velázquez Cruz, detalló que la
decisión del gobernador de hacerse cargo de la seguridad pública del municipio a
través de un delegado, se ampara en el Artículo 115, fracción VII de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, en las fracciones VII y x del artículo 79, y la
fracción XVII del artículo 105 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de Puebla; además, en la Ley Orgánica Municipal en los artículos 78 fracción LIV y 211.
Velázquez Cruz señaló que los ordenamientos legales citados establecen que los casos
de “graves trastornos al orden público”, es atribución del titular del Ejecutivo hacerse
cargo de la fuerza pública de un municipio por el tiempo que considere necesario.